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Abogados Especialistas
en Derechos de Familia
Tramitamos
causas en todo Chile, representamos a clientes que se encuentran dentro
y fuera de Chile, que necesitan representación para sus causas
o conflictos legales.
Divorcios
Violencia Intrafamiliar
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Ofrecemos orientación jurídica en materias civiles, de familia
y protección de los derechos de los consumidores.
Juicios de Divorcio de Mutuo Acuerdo; Juicios de Divorcio Unilateral o
sin acuerdo; Juicio Divorcio Asesoría, acuerdos previos.
La ley núm 20.066, tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar
la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas
de la misma. Qué es la violencia intrafamiliar?
Todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica
de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor
o una relación de convivencia con él; o sea, pariente por
consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral
hasta el tercer grado inclusive del ofensor, su cónyuge o su actual
conviviente, o bien, cuando esta conducta ocurre entre los padres de un
hijo común, o sobre un menor de edad o discapacitado que se encuentre
bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo
familiar.
¿Qué Garantías ofrece la Ley?
Crea el delito de maltrato habitual que castiga con cárcel la violencia
psíquica y física ejercida habitualmente; aumenta las sanciones
por este tipo de conductas; modifica el Código Penal, aumentando
en un grado las penas de cárcel en caso de lesiones causadas por
violencia intrafamiliar; otorga mayores garantías de obtener protección
para quienes denuncien maltratos, así como la obligación
del agresor de abandonar la casa; la prohibición de que se acerque
a la víctima, a su casa o a su lugar de trabajo, así como,
a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente;
la obligación de asistir a terapia; y la facultad concedida a las
policías para incautarle toda clase de armas, aunque tenga autorización
para tenerlas.
¿Qué Tribunales se ocupan de la Violencia Intrafamiliar?
Los Tribunales de familia, cuando los actos de violencia intrafamiliar
no constituyan delito.
El Ministerio Público, cuando los actos de violencia intrafamiliar
constituyan un delito. Este ministerio dará curso a la investigación
pertinente en caso de que se presente el delito de maltrato habitual,
si el respectivo Juzgado de Familia le ha remitido los antecedentes.
¿Existe algún registro de las personas que hayan
sido condenadas por Violencia Intrafamiliar?
Sí. El Registro Civil de Identificación tiene la obligación
de llevar un registro especial de las personas condenadas como autoras
de violencia intrafamiliar, así como de las demás resoluciones
que la ley ordene transcribir.
¿Quiénes son sujetos protegidos por la Ley de Violencia
Intrafamiliar?
El cónyuge, ex cónyuges, conviviente, ex conviviente, padre
o madre de hijo común, aunque no haya existido convivencia. Se
incluyen por igual a los parientes del ofensor, de su cónyuge o
actual conviviente, en su línea recta (toda la ascendencia y descendencia)
o colaterales hasta la relación tíos / tías/ sobrinos
/ sobrinas, y además, cualquier otra persona que sea menor de edad,
o con discapacidad que se encuentre bajo la dependencia de cualquier integrante
de la familia.
¿Cuáles son las sanciones para quiénes cometan Violencia
Intrafamiliar?
Se castigará con una multa de media a 15 UTM (Unidades Tributarias
Mensuales) a beneficio del Gobierno Regional del domicilio del denunciante
o demandante, para ser destinada a los centros de atención de víctimas
de violencia intrafamiliar existentes en la región respectiva y
que sean de financiamiento público o privado.
Además, el juez deberá aplicar en la sentencia una o más
de las siguientes medidas:
a) Obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima.
b) Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio,
lugar de trabajo o de estudio, así como, a cualquier otro lugar
al que ésta concurra o visite habitualmente. Si ambos trabajan
o estudian en el mismo lugar se oficiará al empleador o director
del establecimiento para que adopte las medidas de resguardo necesarias.
c) Prohibición de porte y tenencia o el comiso de armas de fuego.
La infracción de algunas de las tres medidas anteriores, puede
acarrear sanción penal o arresto hasta por 15 días para
el ofensor.
d) La asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación
familiar.
¿Qué es el Delito de maltrato habitual?
El ejercicio habitual de violencia física o síquica respecto
de las personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar. El requisito
determinante de este delito es que los actos de violencia intrafamiliar
sean habituales.
¿Cuál es la sanción para el Delito de Maltrato habitual?
La sanción varía entre los 61 a 540 días de presidio,
salvo que el hecho constituya un delito de mayor gravedad, caso en que
se aplica la pena asignada a éste último.
¿Existen medidas de protección para las Víctimas?
Sí, los tribunales de justicia penal pueden adoptar medidas cautelares
para proteger a la víctima, o bien, alguna de las medidas accesorias
antes mencionadas, fijar su plazo de duración y prorrogarlo en
caso de ser necesario.
Por su parte, el Tribunal de Familia que conozca de un juicio por violencia
intrafamiliar, debe adoptar de oficio todas las medidas necesarias para
llevarlo a su término, así como, para dar protección
a las víctimas de violencia intrafamiliar.
¿Hay algún centro de atención al cual puedan
recurrir las Víctimas?
Sí, a lo largo del país hay varios centros que se especializan
en recibir a víctimas de violencia intrafamiliar.
Los centros de atención del Sernam, tienen por objetivo dar respuesta
lo más pronto posible a las necesidades de los involucrados en
situaciones de violencia intrafamiliar. Ellos auxilian, atienden consultas
jurídicas o médicas, asesoran de acuerdo a su especialización,
remiten a otras organizaciones y acogen ante hechos de maltrato.
¿A qué lugar se debe ir en caso de ser Víctima
de este tipo de Violencia?
Al Juzgado de Familia, a Carabineros de Chile o a la Policía de
Investigaciones, que tienen la obligación de acoger la denuncia
y orientar a la víctima en la posterior tramitación legal.
En casos calificados, el Sernam puede asumir el patrocinio y representación
de la mujer víctima de delitos de violencia intrafamiliar, siempre
que sea mayor de edad y así lo requiera.
Si quiero denunciar un caso de violencia intrafamiliar
¿También
debo recurrir a Carabineros e Investigaciones?
Sí, ellos remitirán la denuncia al Juzgado de Familia, pero
además se puede recurrir directamente a éste. Luego, a través
de la interposición de la denuncia o la demanda, se da inicio al
juicio por violencia intrafamiliar. Los casos serán vistos por
los Tribunales de Familia y si éstos consideran que se configura
el delito de maltrato habitual, remitirán los antecedentes al Ministerio
Público.
Esta es una iniciativa del Estudio Jurídico JS y Asociados, que se ha especializado en Derecho de Familia.
La idea de crear nuestra Empresa nace de la necesidad que existe de satisfacer
esta demanda por una asesoría especializada en las nuevas leyes
de la República. Hemos patrocinado muchas causas hasta la fecha.
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