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Abogados Especialistas en Defensas Penales
Nueva
Reforma Procesal Penal
Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales
contenidos de este tema.
¿Qué establece la Ley Penal sobre los Juicios?
Los juicios son orales y públicos, para acelerar y transparentar
los procesos
Participan el juez, el fiscal acusador, el imputado (o acusado) y su defenso
El juez escucha a las partes en el juicio, conoce las evidencias presentadas
y dicta la sentencia. La labor de investigar recae en los fiscales
Los acusados cuentan con un sistema de defensa profesional.
¿Cuánto demoran los procesos en el nuevo Sistema?
En promedio, un proceso judicial tiene una duración de seis meses.
¿Qué es el Ministerio Público?
El organismo autónomo que se encarga de investigar los delitos,
acusar a los responsables y proteger a víctimas y testigos de los
crímenes. Trabaja en coordinación con Carabineros e Investigaciones.
¿Qué es un Fiscal?
El representante del Ministerio Público que se encarga de investigar
los delitos para después señalar a un acusado y procesarlo.
En los juicios, defenderá los intereses del Estado y/o la víctima
del delito y presentará evidencias en contra del acusado. En términos
simples, su labor es lograr que el acusado sea hallado culpable y reciba
un castigo.
¿Qué es la Defensoría Penal Pública?
La entidad encargada de proveer un abogado defensor a todas las personas
que así lo requieran. La labor de sus integrantes es dar defensa
legal al imputado, informarle de sus derechos y de los procedimientos
legales en que se verá involucrado, y solicitar al tribunal medidas
de protección en su favor.
¿Tiene costo solicitar los servicios de la Defensoría
Penal Pública?
Si se cuenta con los recursos suficientes, el servicio debe ser pagado.
¿Cómo consigo un abogado Defensor?
Si le imputan un delito, le preguntarán si tiene un abogado particular
que se encargue de su defensa. Si no tiene, le asignarán un profesional
de la Defensoría Penal Pública.
¿Qué hace un Juez de Garantía?
Un juez de garantía debe, principalmente, velar porque las autoridades
(en particular los fiscales y los policías) no se extralimiten
al perseguir a los sospechosos de un delito, afectando los derechos fundamentales
del imputado (acusado). Debe decidir sobre cualquier materia que le consulten
los fiscales durante sus investigaciones, en especial si es sobre alguna
diligencia que perturbe derechos garantizados en la Constitución,
como por ejemplo privación de libertad.
Al juez de garantía también le corresponde aprobar las soluciones
alternativas que le proponga un fiscal para no llevar al imputado a juicio
penal.
¿Cuáles son los Derechos de las Víctimas?
Es deber del Ministerio Público protegerlas, sobre todo si son
susceptibles de recibir amenazas o si están en riesgo vital. En
el caso de los niños, hay medidas especiales para ellos, como resguardo
de su identidad y posibilidad de declarar a solas con el juez.
¿Cuáles son los Derechos del Imputado?
El acusado o imputado cuenta con ciertos derechos, como ser informado
de la causa de su acusación y de sus derechos legales, contar con
un abogado defensor (incluso gratis, si no cuenta con recursos), solicitar
diligencias que desvirtúen las acusaciones, pedir audiencia al
juez, declarar sin necesidad de juramento, entre otras.
¿Existen Salidas Alternativas durante el desarrollo de un Juicio?
Sí, puede darse la posibilidad de que las partes lleguen a un acuerdo
reparatorio o que el juez dicte la suspensión del procedimiento
bajo condiciones impuestas al acusado. También existen procedimientos
simplificados para delitos leves.
¿Qué pasa con los casos que se iniciaron en el Sistema
Antiguo?
Deberán seguir de acuerdo a los procedimientos anteriores a la
reforma. Para ello quedan algunos juzgados operando en el régimen
anterior.
¿Qué va a pasar con el Código de Procedimiento
Penal?
Una vez que se cierre el último caso abierto en el sistema antiguo,
este código quedará derogado.
Nota:
La información aquí contenida es un material de referencia
para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe
ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni
sustituto de un abogado.
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